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PROCEDIMIENTO
A SEGUIR PARA
LA
HOMOLOGACIÓN DE
CLUBES
FEDERADOS
Para
la homologación de un club se
debe seguir el siguiente
procedimiento:
1.
Las normas establecidas por
la Real Federación
Hípica
Española (según el
Reglamento de club federado)
pueden ser ampliadas por las
Federaciones Autonómicas en
función de su
particularidades y
disposiciones autonómicas.
2.
Las FFAA deberán remitir las
normas establecidas para la
homologación a todos los
clubes de su Federación para
su conocimiento.
3.
Los clubes de cada una de las
Federaciones hípicas autonómicas
podrán tener carácter autonómico
o nacional.
4.
Aquellos clubes que no estén
homologados no podrán
pertenecer al estamento de
clubes ni en su Federación
Autonómica ni en
la RFHE. Asimismo
, debe constar que un club no
podrá pertenecer al estamento
de Club es de la RFHE si no es
a través de su Federación
Autonómica.
5.
La licencia del club será
anual y habrá una licencia
autonómica para los clubes
autonómicos y /o una licencia
autonómica homologada por la
RFHE (nacional). El precio de
estas licencias será el
establecido por Federaciones Hípicas
Autonómicas y la RFHE
respectivamente.
6.
La Federación Autonómica
deberá formar la comisión
calificadora que deberá estar
compuesta por tres miembros,
uno de ellos experto en temas
hípicos, otro en
instalaciones y otro en
veterinaria.
7.
Dentro de la comisión
calificadora,
la Federación Hípica
Autonómica
deberá indicar quién la
preside con el fin de
garantizar el correcto
desarrollo del procedimiento.
8.
En el caso de los clubes que
deban ser homologados por la
RFHE, una vez formada la
comisión calificadora, se
deberá comunicar su composición
a la RFHE, que nombrará su
representante en dicha comisión.
La RFHE podrá delegar su
representación en uno de los
tres miembros designados por
la Federación Autonómica.
9.
Si por cualquier motivo alguna
Federación Autonómica
prefiere que sea la RFHE la
que lleve a cabo la homologación
de sus clubes, no tendrá más
que solicitarlo y la RFHE
enviará la comisión
calificadora.
10.
La Federación Autonómica
deberá comunicar al club el día
y hora que se le va a realizar
la calificación con, al
menos, quince días de
antelación.
11.
Una vez terminada la visita y
realizada la calificación se
levantará un acta que el
Presidente deberá entregar a
la Federación Hípica
Autonómica
que, a su vez enviara copia a
la RFHE y al club.
La Federación Hípica
Autonómica
deberá hacer públicas las
calificaciones de sus clubes.
12.
Una vez obtenida la calificación
la Federación Autonómica
deberá enviar al club una
placa o diploma que acredite
su categoría. El Club deberá
tener dicha acreditación en
lugar visible.
13.
La calificación deberá ser
revisada, al menos, una vez
cada cuatro años, y siempre
en el supuesto de que el club
solicite el cambio de categoría.
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